jueves, 9 de diciembre de 2010

TEMAS DE CAPACITACIÓN PARA COOPERATIVAS

CURSO DE CAPACITACIÓN COOPERATIVISTA

TEMAS A TRATARSE:

LA PLANIFICACIÓN HERRAMIENTA DE CRECIMIENTO Y DESARROLLO:
El Plan de Trabajo
El Presupuesto anual
Evaluación presupuestaria
La morosidad, procedimiento para eliminarla

ELABORACIÓN DE PROYECTOS.
Cómo hacer rentable a la empresa Cooperativa y asegurar la fuente de trabajo
Cómo implementar una estación de servicios
Cómo instalar un taller de mantenimiento de vehículos
Cómo instalar un almacén de venta de repuestos para los vehículos
Cómo desarrollar una sede social de uso múltiple
Cómo organizarse eficientemente con el resto de cooperativas
Cómo usar los programas de financiamiento de Renovación de unidades
(Plan REN-OVA y Corporación Financiera Nacional


EL APRENDIZAJE EN ADULTOS:
La importancia de tomar el rol como socio al interior de su cooperativa.
La aportación Intelectual moral y económica de los socios
Las acciones o actos de los socios influyen en la toma de decisiones inteligentes.

ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA EMPRESA COOPERATIVA:
La Asamblea General de socios
El Consejo de Administración
El Consejo de Vigilancia
Las Comisiones Especiales
El Presidente
El Gerente
El Secretario
Derechos y obligaciones de los socios
Procedimiento para la solución de conflictos
Estatuto y Reglamento Interno

RÉGIMEN ECONÓMICO:
Capital Social de la Cooperativa
Las Cuotas de Ingreso, las Multas y los Certificados de Aportación
La Capitalización constante
Los bienes sociales de propiedad común

LA CONTABILIDAD DE LA EMPRESA COOPERATIVA:
Los libros contables
Los balances semestrales
Balance de resultados
Liquidación  de excedentes
Balance General de situación
Activo, Pasivo y Capital

EL CONTROL:
El Control Interno
El Control Externo
La fiscalización o Auditoria Externa anual obligatoria

PROCEDIMIENTO PARLAMENTARIO:
Las Asambleas Generales.- Convocatoria y Orden del Día
Moción y el Voto Su aprobación o negación
Resoluciones y resumen
Libro de Actas, Tenedurías de los libros y responsabilidad

MOTIVACIÓN:
Identidad cooperativa, cambio de actitud, la solidaridad
Participación en el cambio, falta de interés
Administración de la empresa, excelencia en el servicio

EL ORGANISMO DE FOMENTO Y CONTROL
La Dirección Nacional de Cooperativas
Desconcentración de trámites
Obligaciones de la Cooperativa y directivos ante el organismo de control
Los balances semestrales, registro de la directiva, reformas de estatutos y Reglamento Interno, ingreso y salidas de socios, Certificados de Aportación y tratamiento de conflictos.

LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DEL IESS
El RUC y las declaraciones: IVA, Retenciones en la Fuente de Impuesto a la Renta, Impuesto a la Renta, Anexos
Los comprobantes con valor tributario, Facturas, Comprobantes de Retención
El número Patronal, la Historia Laboral, Los aportes del Gerente y empleados

PLENARIA CON ANÁLISIS DE CASOS ESPECÍFICOS

Utilizamos el sistema de audiovisuales, para mejor comprensión
Al final del curso se les entregará un Certificado avalado por el Organismo de Fomento Cooperativo.

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miércoles, 8 de diciembre de 2010

EXCLUSIÓN DE SOCIO POR MOROSIDAD

PROCEDIMIENTO PARA EXCLUIR A UN SOCIO POR MOROSIDAD
1ro.- El gerente deberá notificar por escrito al deudor, indicando que se acerque a cancelar los valores pendientes caso contrario se procederá a excluirlo por morosidad, la notificación será entregada al socio moroso por tres ocasiones.
2do.- El gerente en compañía de dos personas más, preferiblemente socios, se acercará al domicilio legal del deudor y procederá a entregar las notificaciones, puede ser la primera semana una, después de quince días la otra y después de quince días más la última notificación. Si el deudor se niega a recibir la notificación, el gerente asentará que el deudor se negó a firmar el recibido, especificando las razones y lo certificaran los dos testigos quienes firmaran y pondrán su número de cedula.
3ro.- El gerente notificará por escrito al consejo de administración entregando copias de las notificaciones que contendrán su respectivo recibido.
4to.- El consejo de administración citará al socio deudor para una reunión de consejo para tratar como punto especifico del orden del día: TRATAR LA POSIBLE EXCLUSIÓN POR MOROSIDAD DEL SEÑOR FULANO DE TAL, de igual manera la citación la entregará el secretario con dos testigos en el domicilio legal del socio moroso. Si el socio deudor se niega a recibir la citación, el secretario asentará que el socio deudor se negó a firmar el recibido, especificando las razones y lo certificaran los dos testigos quienes firmaran y pondrán su número de cedula.
5to.- El día de la reunión del consejo de administración se tratarán los puntos del orden del día, al llegar al punto de la posible exclusión por morosidad, el consejo tratará de llegar a un acuerdo con el socio deudor, se podrá firmar un contrato de pago, donde se especificará el tiempo en que pagará la deuda, la periodicidad de los abonos, y las consecuencias del incumplimiento. Si el socio deudor se niega a realizar el contrato o si no se presenta a la reunión del Consejo, igual se tratará el punto y se procederá a excluirlo por morosidad.
6to.- El secretario, con dos testigos, entregarán la notificación de la exclusión en el domicilio legal del socio moroso, igualmente, si el socio deudor se niega a recibir la notificación, el secretario asentará que el socio deudor se negó a firmar el recibido, especificando las razones y lo certificaran los dos testigos quienes firmaran y pondrán su número de cedula.
7mo.- El socio moroso tiene ocho días para allanarse o para apelar a la asamblea general, tal como lo dictamina el Art. 22 del Reglamento general de la Ley de Cooperativas, si el socio moroso no presenta por escrito su deseo de apelar a la asamblea, el gerente procederá a notificar al MIES la exclusión del socio. Si el socio deudor apela a la asamblea, el presidente procederá a convocar a asamblea general en un plazo de 15 días, con punto especifico del orden del día: Conocer la apelación del socio Fulano de Tal por exclusión resuelta por el Consejo de Administración del tal fecha, e igualmente el secretario procederá a entregar la notificación con dos testigos.
8vo.- El presidente guiará la asamblea para que la misma cumpla con las normas legales, estatutarias y reglamentarias, es decir, dejarle claro a la asamblea que no pueden condonar deudas por irse en contra de la ley, por tal razón la asamblea tendrá que ratificar la exclusión del socio moroso.
9no.- El secretario, con dos testigos, entregarán la notificación de la ratificación de la exclusión dictada por la Asamblea General, en el domicilio legal del socio moroso, igualmente, si el socio deudor se niega a recibir la notificación, el secretario asentará que el socio deudor se negó a firmar el recibido, especificando las razones y lo certificaran los dos testigos quienes firmaran y pondrán su número de cedula.
10mo.-  El gerente procederá a notificar al MIES la exclusión del socio.
REQUISITOS PARA EL PRESENTAR EL PROCESO DE EXCLUSIÓN EN EL MIES
Procedimiento para excluir a un socio de una Cooperativa de acuerdo a la Ley de Cooperativas y su Reglamento:
Un socio de la Cooperativa puede ser excluido por Resolución del Consejo de Administración y se debe seguir el siguiente procedimiento:
  • Petición dirigida al director nacional de cooperativas firmada por el presidente y gerente.
  • La citación con la convocatoria al procesado para que asista a la sesión del consejo de administración donde se trata sobre la exclusión o expulsión del socio, (la convocatoria deberá cumplir con lo establecido en los Art. 30 y 31 del Reglamento General de cooperativas).
  • Acta del consejo de administración donde se trato sobre la exclusión (donde se debió resolver si excluía o no al procesado).
  • De haber existido resolución de exclusión, presentar la notificación para que se allane a la exclusión o apele, en ocho días corridos ante la asamblea general (Art. 22 del reglamento general de la ley de cooperativas), si apelare dentro del plazo, la asamblea tiene 15 días hábiles (reglamento general de la ley de cooperativas Art.32; código procedimiento civil Art.316) para sesionar y conocer de la resolución del consejo de administración y ratificarla o revocarla; si apelare extemporáneamente, la resolución del consejo de administración causara ejecutoria; si no apela, es porque se ha allanado y la resolución del consejo de administración causara ejecutoria.
  • Certificación, expedida por el secretario de la cooperativa de que el procesado se allano o apelo a la resolución del consejo de administración.
  • Notificación con la convocatoria al procesado para que asista a la asamblea general (con la finalidad de que conozca de la resolución del consejo de administración y ratifique o revoque dicha resolución).
  • El acta de asamblea general en la que se resuelve respecto de la resolución del consejo de administración.
  • Notificación al procesado con la resolución de la asamblea general (en el caso de confirmar la resolución de exclusión o expulsión).
  • Registro de la directiva en funciones
  • Copia de cedula del secretario de la cooperativa
  • Lista de socios actualizada emitida por esta dirección
  • Copia de los estatutos y reglamento de la cooperativa específicamente de la parte donde se trate sobre exclusiones.
Las notificaciones y citaciones, que se realicen al socio que se vaya a sancionar deberán contener la correspondiente razón de notificación por parte del secretario de la Cooperativa, con dos testigos quienes adjuntarán copias de cédulas de identidad.
Todos los documentos deberán presentarse debidamente certificados por el secretario de la Cooperativa.

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